Entrevista
octubre 2018

La impunidad de las transnacionales Entrevista a Iván González

Mientras los derechos de las empresas transnacionales se encuentran salvaguardados por cientos de Tratados de Libre Comercio y Tratados Bilaterales de Inversión, sus obligaciones son reguladas por débiles ordenamientos jurídicos nacionales, instrumentos de carácter voluntario y un derecho internacional relativo a los derechos humanos que para muchos es frágil o se encuentra desactualizado. Con el propósito de poner coto a la impunidad de las transnacionales, se está discutiendo un nuevo instrumento global de carácter vinculante. Iván González, experto en la materia y dirigente de la Confederación Sindical de las Américas, explica el proceso de debate.

La impunidad de las transnacionales  Entrevista a Iván González

¿Cómo ha afectado la «captura corporativa» al mundo del trabajo? ¿Qué papel ha cumplido la descentralización productiva a través de las cadenas globales de valor? ¿Qué responsabilidad le cabe a los Estados en este proceso?

El sistema económico capitalista se ha venido transformando para hacerse más eficiente. Ha implementado una serie de cambios en la configuración de la producción que han tenido un profundo impacto sobre la división internacional del trabajo. La nueva etapa de expansión del capital está caracterizada por la re-especialización de las unidades productivas, la fragmentación de los procesos de producción, el uso de nuevas tecnologías de la información y de telecomunicación, y un nuevo orden económico internacional. En este modelo, las empresas se organizan a través de cadenas de producción, a través de un proceso de externalización de la producción a lo largo de los eslabones de sus cadenas que les permite flexibilización de los contratos y las condiciones de trabajo.

Durante la década de 1990, se acentuó la internacionalización de los países en desarrollo. El avance del ideario neoliberal y el proceso de globalización fueron los signos distintivos de la época.En la gobernanza global del capitalismo contemporáneo, las corporaciones y las instituciones financieras ejercen un poder superior a los Estados y las instituciones internacionales. Las empresas transnacionales (ETN) han sido las principales beneficiarias de este modelo. Se les ha permitido estar cada vez más concentradas a través de las fusiones y megafusiones producidas con el objetivo de obtener cada vez mayor lucro y valor de mercado.

Las empresas suelen ser inmunes a las demandas judiciales, ya que no se puede recurrir a los tribunales contra ellas o no dependen de una jurisdicción en el país de acogida o en su país de origen cuando la violación se debe a un proveedor con una relación contractual. Las situaciones suelen ser complejas incluso en el caso de las relaciones entre la empresa matriz y sus filiales. Con frecuencia puede resultar difícil conseguir que las empresas matrices sean responsables de los actos ilegales de sus filiales.

Las disposiciones jurídicas existentes son insuficientes. En general, no tienen carácter obligatorio ni vinculante para las ETN, sino para los Estados. Los instrumentos y mecanismos existentes en el sistema normativo laboral internacional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) o en el sistema universal de derechos humanos dependiente de la Organización de Naciones Unidas (ONU), no han permitido hasta la fecha responsabilizar directamente a las empresas implicadas en violaciones cometidas en el extranjero, y mucho menos a causa de las prácticas de sus filiales y contratistas. Los sistemas jurídicos nacionales e internacionales no están diseñados para responder a los efectos que este modelo de negocios genera hacia las personas y hacia los Estados.

El diseño jurídico internacional que se ha creado para proteger el libre comercio y las inversiones resulta de una desproporción tal que ya no es posible que los Estados legislen para amparar a sus ciudadanos o en defensa de sus intereses nacionales sin que entren en conflicto con la reglas establecidas en los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) o los Tratados de Libre Comercio (TLC). Este enmarañado sistema de reglas ampara los derechos de las empresas por sobre los derechos de las personas y de la soberanía de los Estados,imponiendo una jurisdicción privada internacional para resolver las disputas entre Estados y empresas, que en la mayoría de los casos favorece a las corporaciones.

La necesidad de superar «el paradigma de la voluntariedad» hizo que Ecuador y Sudáfrica –con el respaldo de Bolivia, Cuba y Venezuela–, presentaran un borrador de resolución ante el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de la ONU en 2014. El propósito era establecer un grupo de trabajo intergubernamental (GTI) tendiente a elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre empresas transnacionales en materia de derechos humanos. Desde su conformación el grupo ha sesionado en cuatro oportunidades. La última fue a mediados de octubre y por primera vez se discutió el «borrador cero» del tratado. ¿Qué intereses se han perfilado en las negociaciones y cuáles han sido los principales obstáculos para avanzar hacia un tratado vinculante?

La Resolución 26/9 de 2014 que crea el GTI de composición abierta para elaborar un Tratado Vinculante sobre Empresas y Derechos Humanos ha sido aprobada por consenso. Sin embargo, ha tenido reservas de la Unión Europea (UE) y la oposición de Estados Unidos y de otros países. Aún así, definió su mandato y objeto. Este grupo deberá existir hasta entregar un Tratado Vinculante al Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Es decir, se deben realizar todas las sesiones que sean necesarias hasta cumplir con ese objetivo. En las primeras tres sesiones se realizaron debates generales sobre la naturaleza y contenidos del futuro tratado desde la perspectiva de los gobiernos, expertos, comunidades y sectores afectados por la acción de las ETN (trabajadores, campesinos, pueblos originarios, etc.), así como organismos de derechos humanos y otros de la sociedad civil. Hubo aportes y exploraciones interesantes respecto de los derechos a ser considerados. Además, se discutió el alcance del tratado, el tipo de medidas a ser adoptadas, los órganos a ser creados.

A pesar de que las sesiones del grupo han transcurrido con mucha participación, no han estado exentas de presiones y obstáculos. Evidentemente hay muchos intereses que han intentado (y seguirán intentando) detener el proceso de elaboración del tratado, porque podría ser el instrumento que controle el poder de las ETN, que vigile su accionar y castigue las practicas que se constituyan como violaciones de los derechos humanos. La mayoría de los Estados que se oponen al proceso, especialmente la UE, argumentan que existen suficientes instrumentos para que las empresas rindan cuentas sobre su comportamiento y que la responsabilidad siempre será de los Estados que no ejercen control sobre esas prácticas. También insisten que debieran incluirse a todas las empresas -sean estas nacionales, estatales o de cualquier naturaleza-, lo que haría de ese tratado un instrumento de difícil aplicación.

Estos argumentos ocultan, sin embargo, las presiones que las corporaciones ejercen sobre los Estados y gobiernos para impedir que se avance en instrumentos que pongan control a su poder y a la impunidad con la que actúan en el mundo. Y esto no aplica solo para la Unión Europea. Estados Unidos, con una posición extrema, se opone a cualquier resultado. Su empeño está en mediatizar el proceso hasta lograr que lo que pueda salir sea de naturaleza genérica y poco efectivo, muy próximo a los instrumentos voluntarios existentes. La UE es expresión del gobierno de las corporaciones y actúa como tal. Pero las presiones también se dirigen a los gobiernos de todo el mundo, especialmente los países del Sur global y de aquellas regiones que tienen más protagonismo en el enfrentamiento a las ETN, especialmente de África y América Latina.

La cuarta sesión realizada entre el 15 y el 19 de octubre, contó con la presencia de récord de representantes de 94 países, incluidos representantes de gobiernos y de más de 400 organizaciones de la sociedad civil, entre ellos los sindicatos. Esta sesión logró avanzar en debates sustantivos sobre el llamado «Borrador Cero» -presentado por la presidencia que ejerce Ecuador- y aprobar las conclusiones y recomendaciones para continuar el trabajo en la quinta sesión de 2019. Se espera que la sesión de 2019 pueda entrar más directamente en el contenido del futuro instrumento. Es decir, serán negociaciones sustantivas en las que los gobiernos deberán colocar sus formulaciones y en las que la sociedad civil tendrá que ser más efectiva en sus contribuciones, porque al final serán los gobiernos los que definirán su contenido.


En base a los resultados de la cuarta sesión y teniendo en cuenta el enorme poder de lobby que ejercen las corporaciones ¿Qué estrategia adoptará el sindicalismo de las Américas de cara al futuro?

La cuarta sesión dejó una buena impresión del involucramiento de los gobiernos en las negociaciones sustantivas, incluso aún de aquellos que no son muy partidarios de un instrumento con la fuerza a la que aspiran los movimientos sociales y otros afectados por la acción de las ETN. La UE se quedó sola en su intención de obstaculizar el proceso y, aunque al final se distanció de las conclusiones de la presidencia, no anunció su salida del Grupo de Trabajo Intergubernamental. Independientemente de que algunos gobiernos puedan salirse en el futuro de las negociaciones, éstas no podrán detenerse. Los desafíos hacia el futuro están en lograr que lo que finalmente quede reflejado sea un instrumento vinculante verdaderamente efectivo para enfrentar el poder de las corporaciones.

Para la Confederación Sindical de las Américas (CSA) y el movimiento sindical de las Américas, el desafío está en tener un papel activo en el proceso. Y no solo para reflejar la visión de los trabajadores sobre un tratado que en su contenido considere los derechos fundamentales del trabajo, sino para que aborde la cuestión de las ETN y su operación a través de toda la cadena global de producción, en donde se localizan la mayoría de los trabajadores y se produce la mayor cantidad de violaciones a los derechos humanos. En un escenario desfavorable para nuestra región desde el punto de vista político, habrá que hacer mucha presión ante gobiernos claramente instrumentales a la agenda de las corporaciones. Junto con la Confederación Sindical Internacional (CSI), los sindicatos globales y en alianza con los movimientos sociales y otros actores, habrá que afinar la estrategia para poder influir en el proceso de preparación de la quinta sesión de 2019.

Como parte de la Campaña global para desmantelar el poder corporativo y poner fin a la impunidad, desde la CSA coincidimos en que el tratado debe estar centrado en las ETN y otras empresas con actividades transnacionales, como está definido en el mandato otorgado al GTI en la Resolución 26/9. La futura Convención deberá contener obligaciones directas para las ETN. También deberá establecer la responsabilidad conjunta y solidaria de las empresas matrices con las entidades a lo largo de su cadena global de producción (filiales, subcontratistas, proveedores, etc.), así como preservar el tratado de la influencia de las ETN y de la captura corporativa.


Iván González es coordinador político de la Confederación Sindical de las Américas (CSA)


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