Opinión
julio 2016

Paraísos fiscales: ¿enemigos o aliados del «capitalismo serio»?

Las actuales regulaciones para los paraísos fiscales no solo contienen evidentes fallas, sino que son diseñadas e impuestas por los mismos países desarrollados que los sostienen.

Paraísos fiscales: ¿enemigos o aliados del «capitalismo serio»?

Mientras la mayoría de las personas no pueden escapar de los impuestos, la austeridad, la mala gestión gubernamental, las crisis económicas o una devaluación, un grupo de individuos ricos, empresas multinacionales y hasta ciertos criminales, logran sortear las vicisitudes de la política y la economía con mucha más soltura y libertad. Para ello cuentan con un complejo sistema que incluye a facilitadores (abogados, contadores, escribanos y planificadores fiscales y sucesorios), al sistema financiero (bancos, aseguradoras, entidades de inversión), al sistema legal local (fallas o lagunas legales en los derechos tributario y societario) y, especialmente, a un complejo entramado internacional de paraísos fiscales.

En el imaginario popular, potenciado por la mala traducción del término inglés tax haven (refugio fiscal), se asocia el término «paraíso fiscal» con una isla paradisíaca en el Caribe, por ejemplo las Islas Caimán. Pocos reconocen, sin embargo, que muchos de los países más ricos e importantes son los principales paraísos fiscales. Las Islas Caimán, por ejemplo, no constituyen un país soberano, sino un «territorio de ultramar» (dependiente) del Reino Unido. La ingenua visión relativa a los paraísos fiscales no es casual: está potenciada por los mismos organismos internacionales y listas nacionales de «jurisdicciones no cooperantes», que suelen apuntar únicamente a pequeñas islas paradisíacas, omitiendo señalar como integrantes del mismo «sistema» a los países poderosos.

En contra de esta visión parcial, el Índice de Secreto Financiero (Financial Secrecy Index) publicado por la organización Tax Justice Network, demuestra objetivamente cómo y por qué los principales responsables globales de los flujos financieros ilícitos generados por la corrupción, el narcotráfico, la evasión o la elusión fiscal incluyen, además, a muchos de los países desarrollados como Estados Unidos, Suiza, el Reino Unido, Luxemburgo o Singapur, entre otros.

Individuos y empresas involucrados en actividades ilegales recurren a los paraísos fiscales no necesariamente por su tasa de impuesto baja o nula, sino por la opacidad que éstos ofrecen. Al fin y al cabo, la corrupción o el narcotráfico no siempre buscan evitar el pago de impuestos, sino que muchas veces se esfuerzan por ocultar el origen de su dinero ilícito o reingresarlo al mercado formal, en el marco de operaciones de lavado de dinero.

Los paraísos fiscales suelen ofrecer secreto en dos niveles, uno directo y otro indirecto. El primero se basa en el secreto respecto de la tenencia o propiedad de activos. El ejemplo más conocido es el secreto bancario. El nivel indirecto de secreto consiste en ofrecer a individuos esconder su identidad detrás de entidades legales. El objetivo de proceder de esta manera es que, en caso de que las autoridades descubran que una entidad (por ejemplo, una sociedad anónima) estuvo involucrada en una actividad ilegal, el individuo responsable logrará mantenerse a salvo dado que nunca será identificado. Ejemplos de formas de alcanzar esta opacidad indirecta, consisten en esconderse detrás de un testaferro (llamado técnicamente nominee shareholder o accionista nominal). En muchos países, especialmente dependientes del Reino Unido, es completamente legal y común utilizar a accionistas nominales para no registrar al verdadero dueño de la entidad. Otros mecanismos consisten en crear tipos de entidades que no requieren inscribirse para existir como tales, o que aun si deben registrarse (como sucede en general con las sociedades comerciales y otras personas jurídicas), que no sea necesario registrar a todos los tipos de socios o miembros (por ejemplo, a veces se requiere registrar a los socios con responsabilidad ilimitada, pero no a aquellos con responsabilidad limitada). Alternativamente, puede requerirse registrar a los primeros fundadores de las personas jurídicas, no así a los nuevos dueños que adquirieron sus derechos a partir de una ulterior transferencia de acciones. Muchos paraísos fiscales se caracterizan también por ofrecer títulos al portador, donde el dueño es una persona que no se identifica, pero posee el título o la acción en sus manos.

La oferta de opacidad puede relacionarse con actividades ostensiblemente ilegales: ocultar ingresos provenientes de la corrupción o el narcotráfico, financiamiento del terrorismo, lavado de dinero o evasión fiscal. Esta última consiste en no pagar los impuestos debidos (por ejemplo por no declarar los bienes que se poseen o la ganancia generada en el extranjero, aun si ésta es de origen lícito). Sin embargo, los paraísos fiscales suelen ofrecer otro servicio, especialmente para las empresas multinacionales, que consiste en la elusión fiscal. Dicha actividad no implica evitar el pago de impuestos mediante el ocultamiento, sino mediante el aprovechamiento de la normativa tributaria internacional (tratados para evitar la doble imposición, reglas de residencia fiscal, etc.), así como sirviéndose de las lagunas legales que dejan normas redactadas de buena fe o, en algunas oportunidades en forma deliberada, con el objetivo de reducir o eliminar la necesidad de pagar impuestos. Las empresas multinacionales logran alcanzar este resultado, en general sin violar ninguna norma en forma ostensible (siempre que la norma sea analizada individualmente y en forma literal, sin atender a su espíritu u objetivo). Otras veces, aunque la conducta resulta claramente ilegítima resulta muy difícil obtener la evidencia para probar que los precios o las transacciones intra-grupo económico no se ajustan a las que se realizarían entre partes independientes. Sin embargo, analizando la normativa globalmente, es decir en su conjunto o indagando en el espíritu o finalidad de las normas, resulta obvio que no fueron diseñadas para ser aplicadas de esa forma. En otras palabras, más allá de las dificultades técnicas que pueda entrañar entablar acciones legales contra estas empresas multinacionales, resulta indudable que las leyes en las que fundan su proceder, no estaban pensadas para que las empresas más poderosas del mundo no paguen impuestos por las actividades que realizan o las ganancias que obtienen.

Este verdadero abuso de derecho consiste en crear transacciones entre empresas de un grupo económico para aparentar que la multinacional no genera ganancias en países de altos impuestos, mientras que las ganancias son transferidas (contablemente, o sea, en los papeles) a paraísos fiscales de nula o baja tributación. En otras palabras, las multinacionales no necesitan recurrir a facturas apócrifas para crearse gastos (mecanismo que es claramente ilegal) sino que pueden usar su red de subsidiarias para aparentar transacciones y de esta forma evitar el pago de impuestos en aquellos países con altas tasas impositivas. Uno de los mecanismos más comunes, aunque también difíciles de probar judicialmente, consiste en la manipulación de los precios de las transacciones que ocurren dentro de un grupo económico (precios de transferencia). De esta manera logran, en apariencia, generar gastos de consultoría (imposibles de verificar o tasar), o el pago de altos intereses por préstamos entre empresas del mismo grupo, que carecen de necesidad real. Muy común es el pago de regalías por marcas, patentes y propiedad intelectual que en realidad es propia, pero cuya titularidad figura en cabeza de otra empresa del grupo. Otro de los mecanismos utilizados es ampararse en acuerdos internacionales para evitar la doble imposición, que terminan generando la doble no-imposición (o sea, donde ningún país logra cobrar el impuesto por las actividades que desarrolla la empresa), triangulaciones comerciales y otros procedimientos similares. Algunos paraísos fiscales, como el caso de Luxemburgo, incluso ofrecen acuerdos secretos con las autoridades fiscales, mediante los cuales las empresas multinacionales logran aparentar que toda la ganancia se genera en el paraíso fiscal, donde se les cobrará un impuesto muy bajo, evitando así pagar impuestos en el resto del mundo que es donde realmente se generan las ganancias.

En resumen, los paraísos fiscales suelen ofrecer diferentes servicios para permitir que personas y empresas extranjeras eviten el cumplimiento de la normativa de otros países. Esto puede llevarse a cabo mediante el resguardo de secretos referentes a la persona o sus bienes, ya sea directo (secreto bancario) o indirecto (crear entidades sin revelar su verdadero dueño), los bajos impuestos, y/o un sistema legal que permita a empresas multinacionales eludir el pago de impuestos en el resto de los países.

En el contexto internacional, organizaciones como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos vienen estableciendo estándares internacionales para la transparencia, el intercambio de información y hasta las prácticas de elusión fiscal de las multinacionales (por ejemplo, el plan de acción «BEPS» propone que los países adopten medidas para reducir la erosión de la base imponible y la transferencia de ganancias que realizan las empresas transnacionales). Sin embargo, no sólo estas regulaciones presentan numerosas fallas y lagunas legales, sino que son diseñadas e impuestas por los mismos países desarrollados que constituyen los paraísos fiscales más sofisticados, que buscan en primera instancia proteger sus propios intereses. Estas regulaciones, son luego impuestas en el resto del mundo, aunque los beneficios (por ejemplo, el intercambio de información que podría revelar quienes son los nacionales que tienen inversiones o depósitos en el exterior) difícilmente llegan en tiempo útil a los países en desarrollo, debido al cúmulo de exigencias procedimentales que los mismos sistemas imponen, para brindar la información que poseen.

Aunque cualquier país podría tomar medidas (incluso unilaterales) para protegerse de los paraísos fiscales, esto no suele ocurrir debido a la presión internacional, el lobby que ejercen ciertos sectores de mucho poder, el temor a perder inversiones de determinada procedencia e incluso, la complicidad de algunos funcionarios públicos que son los encargados de hacer cumplir los controles legales.



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